El arrendamiento de tierras para la producción de energía eólica: un nuevo capítulo de la cuestión agraria brasileña

Autores/as

Palabras clave:

Energia eólica, contratos de arrendamento, questão agrária, campesinato, direito agrário

Resumen

La región del semiárido brasileño es el nuevo destino del capital global en energías renovables, frente a la crisis ambiental. Este hecho trae como consecuencia la expansión de las bases de acumulación de capital: extracción de plusvalía de la fuerza de trabajo, acaparamiento de tierras de campesinos y concentración de tierras. Para discutir esa problemática, los objetivos del presente texto son: a) señalar las nuevas particularidades de la cuestión agraria frente la expansión de parques eólicos; b) analizar el proceso de desposesión de tierras de los agricultores; y c) presentar la relación de los contratos de arrendamiento con la renta de la tierra. Para eso, realizamos una revisión de literatura respecto a los temas de privatización de los bienes comunes, en particular de las tierras para la producción de energía eólica, buscando explicar como la privatización de bienes comunes, particularmente la fuerza de los vientos, implica estrategias legales de reducción de derechos y de servicios básicos a derechos exclusivos de propiedad privada. La “acumulación por desposesión”, concepto formulado por David Harley (2011) y aplicado por Mariana Traldi (2019) en el análisis de la expansión de la energía eólica en Brasil, implica apropiación por el capital de extensas áreas con el pretexto de garantizar el “desarrollo sostenible”, el enfrentamiento a la “crisis hídrica” o una “agenda verde”. El artículo parte de la hipótesis de que la implantación de los parques eólicos en Brasil pasa por acaparamiento de tierras bajo el control del derecho de explotación económica de estas y se inserta en un nuevo movimiento de reconcentración de tierras. Al final, dibujamos propuestas de cambio del marco normativo de la energía eólica.

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Biografía del autor/a

Fernando Joaquim Ferreira Maia, Universidade Federal da Paraíba, Centro de Ciências Jurídicas, João Pessoa, Paraíba, Brasil

Doutor e mestre em Direito pela Universidade Federal de Pernambuco (UFPE). Professor permanente do Programa de Pós-Graduação em Ciências Jurídicas da Universidade Federal da Paraíba (PPGCJ/UFPB). Professor Associado do Centro de Ciências Jurídicas da UFPB.

Marcela Peixoto Batista, Universidad de Salamanca, Salamanca, Castilla e León, Espanha

Doutora em Direitos Humanos pela Universidad de Salamanca/Espanha. Pesquisadora Colaboradora do Grupo de Pesquisa Agroecologia e do Coletivo de Pesquisa e Ação em Ecologia Política e Direito à Cidade, ambos da Universidade Federal Rural de Pernambuco (UFRPE). Membro do Projeto Dom Quixote.

Tarcísio Augusto Alves da Silva, Universidade Federal Rural de Pernambuco, Departamento de Ciências Sociais, Recife, Pernambuco, Brasil

Doutor em Sociologia. Professor Associado do Departamento de Ciências Sociais da Universidade Federal Rural de Pernambuco (UFRPE).

Damián Copena Rodríguez, Universidade de Santiago de Compostela, Departamento de Economia Aplicada, Faculdade de Administração e Gestão de Empresas, Santiago de Compostela, Espanha

Professor no Departamento de Economia Aplicada da Faculdade de Administração e Direção de Empresas da Universidade de Santiago de Compostela, Lugo, Galiza, Espanha.

Publicado

2024-06-12

Número

Sección

Artigos